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Webinar «Prisión y realidad»

Para este número de otoño os traemos un webinar muy interesante sobre «Prisión y realidad» en el que intervienen los mejores expertos y expertas para ello. Así, en este webinar podréis ver la ponencia de la profesora Elena Larrauri, catedrática de Derecho penal y Criminología de la Unviersitat Pompeu Fabra, toda una autoridad en esta materia a nivel nacional e internacional. en una intervención titulada Realidad y normatividad: ¿qué aporta la Criminología al estudio de la prisión?, la profesora Larrauri expone los espacios que debe ocupar la investigación criminológica en el ámbito de las prisiones. De conformidad con Larrauri, a nivel internacional puso en valor los estudios etnográficos y trabajo de campo en las prisiones, que han supuesto trabajos esenciales para el conocimiento y el avance de la investigación criminológica. Pero también puso de manifiesto todo lo que ha aportado la investigación criminológica española a este ámbito. Posteriormente, se da paso a la intervención de la profesora Vicenta Cervelló, de la Universidad de Valencia, titulada Hacia una ejecución penitenciaria autónoma y libre de ser utilizada como correctivo del fallo condenatorio. En su intervención, la profesora Cervelló partió del planteamiento de que la ejecución penal no puede actuar como prolongación del fallo condenatorio y de que la Administración penitenciaria debe tomar sus decisiones sobre la forma de cumplimiento sin injerencias y con criterios técnicos, dejando claro que la discrecionalidad penitenciaria no es sinónimo o no significa de ningún modo arbitrariedad. Sin embargo, la profesora Cervelló dio cuenta que este planteamiento produce tensiones con lo que sucede con la realidad penitenciaria. Tras la exposición de la problemática llegó a las conclusiones de que los elementos retributivos no pueden ser los protagonistas de la ejecución, que la discreción penitenciaria no es sinónimo de arbitrariedad sino autorización legal judicialmente controlada, que el principio constitucional de reeducación y reinserción social establecido en el artículo 25.2 de la Constitución Española de 1978 legitima la flexibilidad de la ejecución y la prioridad del tratamiento; que los criterios de individualización penitenciaria deben reducir su contenido disciplinario y orientarse a valorar la evolución personal global y las necesidades tratamentales, y que las modalidades de cumplimiento como el tercer grado no son un privilegio ni vacían de contenido a la pena. Su exposición resultó altamente interesante, especialmente para el público lego y los estudiantes, ya que arrojó luz a esta cuestión que en los últimos meses se ha puesto tan de manifiesto en los medios de comunicación como consecuencia de la progresión en grado de determinados presos que por su relevancia ha acaparado los debates televisivos. Tras la interesante intervención de Vicenta Cervelló, se da paso al último de los ponentes de este seminario, el profesor Daniel Varona Gómez de la Universitat de Girona cuya ponencia se tituló La suspensión de la pena de prisión: ¿una alterantiva a la prisión o un anzuelo para la conformidad? En esta exposición, el profesor Varona puso de relieve que en investigaciones anteriores se había podido comprobar el “éxito” de la suspensión de la pena de prisión en España, concretamente en Barcelona y Girona donde entre el 70 y el 80% de las penas de prisión impuestas eran suspendidas. En esta investigación previa el profesor Varona ya apuntaba que dicho éxito traía como causa el papel facilitador de la figura de la conformidad. Yendo más allá de esta investigación, en esta ocasión el profesor Varona presentó una investigación empírica inédita para comprobar empíricamente la relación entre la conformidad y la suspensión de la pena, a partir de una muestra de 1417 condenados a penas de prisión en los Juzgados de lo Penal de Girona y Barcelona durante los años 2015 y 2016, y donde pudo comprobar y concluir con una serie de datos realmente llamativos. De esta forma y gracias a esta investigación, el profesor Varona explicó que el uso de la suspensión de la pena de prisión en muchas ocasiones se utilizaba como un “anzuelo” para la conformidad, con el riesgo que ello conlleva para las “falsas conformidades”. Su exposición resultó altamente interesante, sobre todo porque la cuestión sobre la “falsa conformidad” tradicionalmente se ha planteado en los debates americanos a raíz de las posibles falsas condenas cuando en Estados Unidos se utiliza la figura del acuerdo con el fiscal para evitar penas mayores y que conduce a la aceptación de determinados cargos por parte de los acusados en un proceso penal. En este sentido, esta intervención resultó altamente sugestiva, puesto que puso de relieve que este fenómeno, salvando las distancias, también podría estar produciéndose en un sistema penal como el nuestro. Y, para finalizar este webinar, el profesor Miguel Ángel Cano Paños expone una investigación realizada junto con el profesor Jesús Barquín y la investigadora María Ángeles Calvo Alva sobre la calidad de vida en prisión. 

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